El Ministerio de Educación cambia su normativa para garantizar la plena escolarización de los niños en Melilla
Artículo publicado en El País el 17 de febrero de 2022, por Ignacio Zafra
El Defensor del Pueblo ha denunciado durante años la desatención sufrida por cientos de niños en la ciudad autónoma. La ONU emitió en 2021 una resolución en la que condenaba la actuación de España respecto a un menor
El Ministerio de Educación ha cambiado el proceso de admisión del alumnado en Ceuta y Melilla de forma que todos los niños que residen en ambas ciudades autónomas puedan ser escolarizados. El ministerio, que tiene las competencias de organización escolar en ambos enclaves, exigía hasta ahora requisitos (el empadronamiento —muy restrictivo por su condición de ciudades fronterizas— o un informe de los servicios sociales municipales) que resultaban muy difíciles de cumplir, sobre todo en Melilla, para cientos de menores, generalmente de origen marroquí, que vivían o incluso habían nacido en las ciudades. Las trabas a su escolarización, contrarias a la legislación española, que la reconoce a todos los niños residentes independientemente de su situación administrativa, había sido denunciada por el Defensor del Pueblo y la Fiscalía de Menores. El pasado mes de julio, el Comité de Derechos del Niño de la ONU publicó una resolución en la que condenaba a España por permitir que un niño nacido en Melilla y con pasaporte marroquí pasara casi dos cursos sin poder ir al colegio.
Es imposible saber cuántos niños continúan sin escolarizar en Melilla, afirma José Palazón, presidente de la asociación local dedicada a la defensa de los derechos de los niños PRODEIN, que en 2019 estimó que a 243 se les había denegado la matrícula. Desde entonces, el cambio en la actitud del Gobierno y los recursos presentados por organizaciones como la suya han logrado que todos los niños cuyas familias lo solicitaron fueran escolarizados, asegura. La novedad de la nueva resolución sobre admisión en centros educativos públicos y privados publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) es que contempla que, a efectos de escolarización, la residencia podrá acreditarse, además de mediante el empadronamiento o un informe de los servicios sociales, a través de “otros medios de prueba admitidos en Derecho”.
Es decir, con documentos como contratos privados de alquiler, actas notariales o tarjetas sanitarias, afirma el abogado José Luis Candela, presidente de la Asociación de Extranjeristas en Red, que ha asesorado a PRODEIN en este asunto. Estas últimas, añade Candela, resultan especialmente importantes porque la práctica totalidad de los residentes la tienen.
Candela y Palazón celebran el cambio, pero esperan que este año no suceda como el pasado, cuando una decena de las familias que consiguieron mediante recursos que sus hijos fueran escolarizados recibieron más tarde una carta anunciándoles que se iniciaba contra la familia un procedimiento de expulsión de España. El temor a que esto suceda, dice Palazón, puede provocar que algunas familias opten por no llevar a sus hijos al colegio.